El Ministerio de Transporte, con el apoyo y el trabajo técnico de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), utilizó el primer reglamento técnico que exige que las motocicletas nuevas que se comercialicen o ensamblen en el país estén equipadas con sistemas de certificados frenados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o aprobados por el estándar de Estados Unidos Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS).

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“Este reglamento técnico será un hito en Colombia y en la región, dado el ascensor tecnológico que representa esta normativa en la seguridad tanto de los motociclistas, como de los demás actores viales del país. Desde el Ministerio de Transporte, con el apoyo de nuestro entidades adscritas, seguiremos trabajando decididamente, a través del diálogo y la concertación, para crear condiciones que disminuyan la siniestralidad vial y protejan la vida de todos los ciudadanos”, explicó el ministro de Transporte, Guillermo Francisco Reyes González.

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Este reglamento tecnico tambien busca que las motocicletas nuevas que lleguen al país o se ensamblen estén equipadas con sistemas de freno CBS (sistema de frenado combinado) o ABS (sistema antibloqueo de frenos)en función del cilindro o potencia del vehículo.

El sistema antibloqueo de ruedas de frenos ABS evita que una o las dos se bloqueen y patinen, lo cual puede provocar la pérdida de control del vehículo o la caída del motociclista.

Este sistema funciona midiendo la velocidad de giro de cada rueda, la presión ejercida a cada uno de los frenos e incluso, la inclinación de la motocicleta. Así puede predecir cuándo se va a bloquear una rueda y modular el freno para mantener la tracción con el suelo y la estabilidad.

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Mientras, el sistema de frenado combinado CBS, distribuye la fuerza de frenado en ambas ruedas, incluso, si solo se utiliza uno de los frenos. Es decir, cuando la motocicleta frena de forma repentina, alguna de las ruedas puede perder adherencia con el suelo, este sistema evita la transferencia de peso excesivo a una sola rueda distribuyendo la fuerza de frenado a cada una de las llantas.

Ambos sistemas reducen la distancia de frenado en condiciones de poca adherencia, lo que implica que puede reducir el riesgo de colisión con otros actores viales u objetos fijos y permite al motociclista reaccionar y tomar medidas evasivas, que ha sido una de las preocupaciones que tenemos con respecto al motociclista que en lo corrido de 2022 es el actor vial que representa más de la mitad del total de víctimas fatales en las vías, son uno de los tres usuarios más vulnerables en la vía y entendemos sus necesidades y que en un alto porcentaje son los proveedores de sus hogares”, puntualizó el director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota.

¿Desde cuándo es obligatoria la medida?

La aplicacion de este reglamento tendra un periodo de transicion, de tal manera que, a partir de octubre de 2025todos los vehículos nuevos de 2 o 3 ruedas deben cumplir con los requisitos técnicos de referencia al desempeño seguro de sus sistemas de frenado.

Es decir, deben haber superado los ensayos definidos en la norma. Con relacion al equipo de sistemas avanzados de frenado, a partir de octubre de 2025, las motocicletas con cilindraje mayor a 50 cm3 (o potencia nominal mayor a 4 Kw) deben incorporar CBS o ABS y las motocicletas con cilindraje mayor a 150 cm3 (o potencia nominal mayor a 11 Kw) deben incorporar ABS.

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A partir de marzo de 2027, todas las motocicletas con cilindraje superior a 125 cm3 debe estar equipado con sistema ABS, y las motocicletas de cilindraje inferior a 125 cm 3 con CBS o ABS.

Igualmente, los comercializadores deben obtener para los sistemas de frenado incorporados en las motocicletas, el respectivo certificado de conformidad de producto mediante el cual se acredita el cumplimiento de la totalidad de requisitos técnicos y ensayos.

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