Muchos ciudadanos tienen la duda de si pueden solicitar la prestacion por desempleo o cobrar el paro si han trabajé menos de un año. Para aquellas personas que han trabajado menos de un año el SEPE contemplar un subsidio por desempleo que, aunque no llega a ser una prestación contributiva como el paro por el escaso tiempo de cotización, sí puede suponer una ayuda para muchos hogares.

He trabajado menos de un año, ¿puedo cobrar el paro?

Si has trabajado menos de un año, no puedes cobrar el paro. Sin embargo, puedes acceder a una subsidio por desempleopero hay que tener en cuenta que la duración de esta ayuda depende del numero de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares.

Este subsidio por desempleo en la mayoria de los casos exige tener seis meses cotizados y puede prolongarse hasta 6 meses. En cuanto a lo que puedes cobrar, debes tener en cuenta que el subsidio por desempleo supone una cuantía menor a la del paroun 80% del IPREM, que este año es de 463,21 euros.

Si hablamos de cantidades anuales, podemos decir que si cobramos el subsidio por desempleo durante los 6 meses establecidos, Cobraríamos al año 2.779,26 euros. Por otra parte, debemos tener en cuenta que, en algunos casos concretos, como si tiene responsabilidades familiares, el subsidio por desempleo puede prolongarse hasta los 21 meses.

Requisitos para cobrar el subsidio de desempleo

para poder cobrar el subsidio por desempleo es necesario cumplir una serie de requisitos que te detallamos a continuación:

  • Estar desempleado y en situacion legal de desempleo.

  • Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo al menos 3 mesessi tienes responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tienes, y no llegarás a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tenemos derecho a cobrar el paro.
  • No tener rentas de ningún tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Para esto, se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, es el resultado de la diferencia entre los ingresos y gastos que han sido necesarios para conseguir estos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Duración del subsidio por desempleo

La duración del subsidio por desempleo depende del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares.

  • Si tienes responsabilidades familiares:
  • El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.

  • El subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).

  • Si no tienes responsabilidades familiares: el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses.

En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud. Además, las cotizaciones que sirvieron para aprobar este subsidio, no podrán ser tenidas en cuenta en una situación legal de desempleo posterior, para acceder a una nueva prestación de nivel contributivo o asistencial.

Cuánto se cobra con el subsidio por desempleo

La cuantia mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), en este año la cantidad fijada es: 463,21 euros. En el caso de pérdida de trabajo a tiempo parcial, esta cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato.

Durante la percepción del subsidio, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y, en tu caso, protección a la familia.

En el supuesto del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años, el SEPE deberá cotizar, además, para la jubilación. Se tomará como base de cotización el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento. A las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años se les cotizará también para la jubilación. Se tomará como base de cotización el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Si son menores de 52 años y han justificado un período de ocupación cotizada durante 180 o más días, el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones por jubilación a la Seguridad Social un período de 60 días, a partir de la fecha en que nazca el derecho al subsidio. Se tomará como base de cotización el tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

¿Cuándo se cobra el subsidio por desempleo?

El pago del subsidio por desempleo se realiza por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes. Se abonará, salvo excepciones, en la cuenta que indique, siempre que sea el titular de la misma.

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