Así, unas 150.000 empresas pueden reprogramar la deuda que tienen con cerca de 1,1 millones de trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), que vio vulnerado su derecho al aporte previsional, según datos de la Asociación de AFP.
La deuda de estas compañías al fondo previsional de sus empleados asciende a S/ 4,320.38 millones e incluye los aportes no abonados y la rentabilidad actualizada de dicho dinero, de acuerdo con datos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) a octubre del 2021.
Sin embargo, esta cifra aumenta a S/ 16,329 millones si se agrega los intereses moratorios y gastos de cobranza de dicha obligación.
Esta medida es positiva para quienes se les retuvo el porcentaje de aporte de AFP pero no fue abonado en su cuenta previsional, pues se reconoce tanto el monto no depositado como la rentabilidad que hubiera generado de haber sido pagado oportunamente, comentó a Gestión Giovanna Prialé, presidente del gremio de AFP.
El reglamento deberá establecer disposiciones que garanticen la capacidad de pago de las empresas que se acojan a este beneficio, a fin de que puedan cumplir con el cronograma en el plazo establecido, que puede ser de hasta cinco años, dedicado.
Según la asociación de gestoras, este es el primer programa para saldar la deuda de empresas privadas generada después de mucho tiempo, pues si bien en el pasado hubo un régimen similar, no hay registro cercano de ello.
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El riesgo moral
En la misma linea, Gonzalo Llosa, docente de Economía de la universidad del pacificorefirió que esta norma permitirá que muchas empresas privadas consoliden las deudas que tienen con sus trabajadores formales.
Pese a ello, no resuelve el problema vigente de algunas firmas que utilizan como capital de trabajo el dinero que debería ser destinado a las cuentas de pensiones de los afiliados, dijo.
“Lamentablemente, es una medida que también eleva el riesgo moral significativamente, pues no se identifica una sanción rápida que mitigue que otras empresas eviten pagar a tiempo estos beneficios de sus trabajadores”, manifestó.
Por el contrario, podría representar un incentivo para que las empresas echen mano de este dinero, se les acumule una gran deuda y luego esperen nuevas reprogramaciones, sostenida.
Carácter excepcional de la norma
Cuando la compañía no hace un aporte al sistema de pensiones, el fondo del afiliado se priva de ese incremento, pierde la rentabilidad de las posibles, los intereses, cupones, dividendos, la revaluación de los activos que pudo haber adquirido y, sobre todo , se afecta la cobertura de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, avise el economista.
Frente a ello, Prialé exhortó a las compañías a tener cierto el carácter excepcional de esta norma, que busca reconocer los aportes de un grupo de afiliados perjudicados por sus manifestantes, “pero no pretendo que se convierta en una mala práctica corriente”.
Empresas en situacion de insolvencia
Incluir el interés moratorio en las deudas que acumulan estas empresas puede mostrar un monto casi impagable, alertó Gonzalo Llosa, de la Universidad del Pacífico.
“Hay empresas que ya tienen obligaciones amplias y contabilizar dentro de su deuda los elevados intereses junto con la rentabilidad que podría ganar el afiliado, podría ponerlas en una situación de insolvencia”, manifestó.
Asimismo, señaló que algo similar se observa en el sector público, aunque el escenario es más complejo pues estas entidades reciben un presupuesto del Estado para dichos pagos y no los realizan.
Según la SBS, la deuda del sector público –que incluye solo la rentabilidad- suma S/ 2,185 millones, mientras que al contar los intereses moratorios aumentan a S/ 12,220 millones.
“Estas medidas solo tratan de lidiar con el equilibrio, no buscan quedarse sin soga ni cabra; que mejore la situación del fondo del afiliado, pero también preservar la posibilidad de que la empresa pueda pagar, aunque no le impone ningún castigo”, aseveró.
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