Beneficios
Conoce cuál es la fecha de pago del Aguinaldo Navidad y quiénes lo recibirán.
Se acerca la navidad y junto a esta esperada fiesta llega también el Aguinaldo Navidad. Dicho aporte economico se entrega durante el mes de diciembre a los pensionados y empleados del sector publico que cumplan ciertos requisitos.
¿Cuál es la fecha de pago?
Lo cierto es que no existe una fecha fija del Aguinaldo Navidad. Esto se debe a que en caso de los pensionados, el monto se les otorgará junto a sus respectivas pensiones, por lo tanto, resultará de cada beneficiario o beneficiaria. A cambio, los trabajadores del sector público recibirán su aporte de acuerdo a lo estipulado por cada institución. De todas las formas, el pago respectivo se entregará habitualmente durante el mes de diciembre.
¿Cuál es el monto que entrega el Aguinaldo Navidad?
En el caso de los pensionadosel monto que recibirán corresponderá a $25.150 pesitos y aumenta $14.209 por cada persona que tenga acreditada una carga familiar al 30 de noviembre de 2022.
Por su parte, los empleados publicos recibirán un pago de $63.062 pesos aquellos funcionarios que reciban una remuneración líquida en noviembre igual o inferior a $842.592 pesos.
Sin embargo, un monto menor de $33.358 pesitos recibirán aquellos funcionarios públicos que recibirán una remuneración mensual líquida que exceder los $842 mil pesos durante el mes de noviembre de igual manera.
¿Quiénes específicamente lo recibirán?
Los empleados públicos deberán pertenecer a las siguientes instituciones:
- Universidades estatales.
- Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
- Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educativos dependientes de los servicios locales de educación pública.
- Astilleros y Maestranzas de la Armada.
- Sectores de la Administración del Estado que han sido traspasados a las municipalidades.
- Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
- Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
- Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Tribunales tributarios y aduaneros.
- Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
Los pensionados del que cumplen con la siguiente característica:
- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
- Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N.º 16.744.
- Pensionados de reparación: Ley N.º 19.123 (Rettig) y Ley N.º 19.992 (Valech).
- Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley N.º 19.129, artículo 11).
- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
No se requiere de ninguna postulación. Aquellos pensionados o trabajadores que cumplan con los requisitos antes de que reciban el monto correspondiente al Aguinaldo Navidad.